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AYUDA DE SOLIDARIDAD

AYUDAS ECONÓMICAS PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
AYUDA DE SOLIDARIDAD
Es una ayuda pública que se concede a las mujeres víctimas de violencia doméstica que sufran lesiones,
secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquélla.
Beneficiarias
Mujeres víctimas de violencia doméstica que sufran lesiones, secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquélla.
Requisitos exigidos
Es requisito imprescindible que exista una gravedad suficiente como para dar lugar a: declaraciones de incapacidad temporal (mínima de cuatro meses), incapacidad permanente en cualquiera de sus grados o una lesión permanente no invalidante.
Importe
Los criterios para determinar el importe de las ayudas tendrán en cuenta los principios de equidad, igualdad y solidaridad. El importe no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar los criterios determinados en la base quinta de la Orden que regula la ayuda.
Documentación a aportar (procedimiento iniciado por la interesada)
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el ejercicio presupuestario, estando supeditada su concesión a la previa existencia de crédito.
Dónde dirigirse:
Centro de la Mujer
C/ Alfonso XIII, 31 Villarrobledo
Teléfono: 967 14 50 79- 967 14 24 43
Fax 967 14 51 82
Servicio Provincial del Instituto de la Mujer
Paseo de la Cuba, 27. ALBACETE
Teléfono: 967 19 57 66
Normativa
Beneficiarias
Mujeres víctimas de violencia doméstica que sufran lesiones, secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquélla.
Requisitos exigidos
Es requisito imprescindible que exista una gravedad suficiente como para dar lugar a: declaraciones de incapacidad temporal (mínima de cuatro meses), incapacidad permanente en cualquiera de sus grados o una lesión permanente no invalidante.
Importe
Los criterios para determinar el importe de las ayudas tendrán en cuenta los principios de equidad, igualdad y solidaridad. El importe no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar los criterios determinados en la base quinta de la Orden que regula la ayuda.
Documentación a aportar (procedimiento iniciado por la interesada)
- Solicitud (descargar modelo)
- Fotocopia del DNI.
- Copia compulsada del escrito de denuncia presentada en caso de violencia doméstica sufrida por la interesada; en caso de no mediar denuncia, se emitirá informe por profesional especializado.
- Certificado de lesiones o secuelas físicas o psíquicas extendido por facultativo, médico o psicólogo.
- Informe sobre las secuelas y lesiones producidas por la violencia doméstica, emitido por médico forense, servicios de urgencias, centros sanitarios públicos o unidades de valoración de los servicios socio-sanitarios.
-
Informe que refleje la situación social y económica de la víctima.
- Certificado de la residencia efectiva en la región.
- Solicitud de apertura de ficha de tercero. (descargar)
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el ejercicio presupuestario, estando supeditada su concesión a la previa existencia de crédito.
Dónde dirigirse:
Centro de la Mujer
C/ Alfonso XIII, 31 Villarrobledo
Teléfono: 967 14 50 79- 967 14 24 43
Fax 967 14 51 82
Servicio Provincial del Instituto de la Mujer
Paseo de la Cuba, 27. ALBACETE
Teléfono: 967 19 57 66
Normativa
-
RESOLUCION BASES REGULADORAS
- D.O.C.M. nº 137 DE 06-11-2002
-
CONVOCATORIA 2010
- D.O.C.M. nº 268 DE 30-12-2008
CONTACTAR
- CENTRO DE LA MUJER
Tel. 967 14 50 79 / 14 24 43
Fax 967 14 51 82
centromujer@villarrobledo.com