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AYUDA PARA ALQUILER DE VIVIENDA
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AYUDAS ECONÓMICAS PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
 
AYUDAS PARA ALQUILER DE VIVIENDA

Es una ayuda económica que se da a las personas inquilinas de viviendas en alquiler, cuando pertenecen a unos colectivos concretos, entre los que se encuentran las mujeres víctimas de malos tratos.

Beneficiarios/as : Entre otros/as, las mujeres víctimas de malos tratos, que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:
  • DURACIÓN DEL CONTRATO: El contrato de arrendamiento tendrá una duración igual o superior a un año y deberá contener una cláusula de prohibición de cesión o subarriendo.
  • RENTA ANUAL MÁXIMA: debe estar comprendida entre el 2% y el 9% del precio máximo de las viviendas de protección oficial de renta básica.
  • SUPERFICIE COMPUTABLE: La superficie computable será de 90 m² de superficie útil, y si hubiere garaje y trastero, para el garaje 25 m² y para el trastero 8 m². Todo ello con independencia de que las superficies reales sean superiores.
  • DESTINO DE LA VIVIENDA: El inquilino deberá destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, y no podrá ser propietario, arrendatario, ni titular de un derecho real de uso o disfrute de otra vivienda.
  • RELACIÓN CON EL ARRENDADOR: Entre el arrendatario y el arrendador no tendrán relación de consanguinidad en línea recta, descendiente o ascendiente, o en la colateral hasta el tercer grado y de afinidad hasta el segundo.
Las mujeres víctimas de malos tratos NO TENDRÁN QUE JUSTIFICAR ingresos mínimos, ni acreditar el empadronamiento en la vivienda alquilada.

Importe de la ayuda : Como máximo el 40% de la renta anual. La ayuda no superará los 3.200 euros. La duración máxima  de la subvención será de 24 meses, siempre que se mantengan las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento del derecho. No se podrá obtener nuevamente estas ayudas hasta transcurridos como mínimo cinco años desde la fecha de su reconocimiento.

Abono : La subvención se abonará al inquilino a trimestre natural vencido. La falta de pago de cualquiera de las mensualidades de la renta determinará la pérdida total de la subvención y la reclamación de las cantidades ya abonadas más los intereses de demora desde su percepción.

Documentación a presentar
  • Modelo oficial de solicitud. (Descargar)
  • Autorización expresa.
  • Contrato de arrendamiento que cumpla con los requisitos exigidos.
  • Nota Simple del Registro de la Propiedad, de la vivienda arrendada.
  • DNI/Tarjeta de identidad del/la extranjero/a.
  • Sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente (autonómica o local) o casa de acogida, donde se indique que recibe asistencia por esta circunstancia.
  • Autorización para que la Delegación Provincial solicite en su nombre al Instituto de la Mujer de CLM el informe que acredite su condición de víctima de malos tratos.
  • Sentencia de separación/divorcio/medidas con los hijos.

Plazo de presentación de solicitudes
Seis meses a partir de la fecha del contrato de arrendamiento.

Dónde dirigirse:

Teléfono gratuito de información de JCCM: 900 11001

Delegación Provincial de Obras Públicas en Albacete
Avda. de España, 8 B. 02071. Albacete
Teléfono: 967 55 81 00 / 967 55 13 11

Centro de la Mujer
C/ Alfonso XIII, 31 Villarrobledo
Teléfono: 967 14 50 79- 967 14 24 43
Fax 967 14 51 82

Normativa
  • Decreto 173/2009, de 10/11/2009, por el que se regula el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012. D.O.C.M. 16/11/2009.
  • Orden de 22/01/2010, por la que se regula el procedimientode concesión, gestión y planificación de las ayudas previstas en el Decreto 173/2009. D.O.C.M 29/01/2010

CONTACTAR
  • CENTRO DE LA MUJER  
C/ ALFONSO XIII, 31
 Tel. 967 14 50 79 / 14 24 43
 Fax 967 14 51 82
centromujer@villarrobledo.com