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DOCUMENTO FINAL
AYUDAS PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR
 

AYUDAS ECONOMICAS PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA LABORAL Y VIDA FAMILIAR


TRABAJADORES POR CUENTA AJENA  

1. AYUDA POR REDUCCION DE JORNADA, EXCEDENCIA O SUSPENSIÓN DE CONTRATO LABORAL.

Subvenciona a los trabajadores y trabajadoras por la pérdida de ingresos económicos que supone la reducción de jornada laboral, el disfrute de excedencia voluntaria o la suspensión del contrato laboral para atender al cuidado de familiares hasta en segundo grado con enfermedad grave, menores de 8 años a su cargo, que participen en procesos de adopción internacional o en la búsqueda de familiares desaparecidos.
 

TIPOS DE AYUDA:

  • Cuantía a subvencionar por excedencia voluntaria o suspensión del contrato hasta 600€ mensuales.
  • Por reducción de jornada la subvención será desde 100 hasta 400 € mensuales, dependiendo del porcentaje de reducción de jornada.

Estas cantidades se incrementará en un 50% cuando quien disfrute de la reducción, suspensión o excedencia laboral sea un hombre o una mujer víctima de violencia de género.

REQUISITOS: Son distintos dependiendo de la situación familiar, social y laboral de la persona que solicite la ayuda, así como del motivo por el que solicita la subvención.

PLAZOS EN EL 2009:

  • 1º Plazo: hasta el 28 de febrero de 2009 para las personas que acrediten el disfrute de la reducción de jornada, excedencia o suspensión del contrato dentro del periodo que va desde el 1 de Agosto de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.
DOCUMENTACIÓN: Es diferente según el caso.

DÓNDE DIRIGIRSE : Estas ayudas se solicitan y tramitan en el SEPECAM. Podra realizar una solicitud a traves de la página https://e-sepecam.jccm.es/conciliacionnew/

SEPECAM

C/ Estación, 14. Villarrabledo
Telef. 967 14 11 12
Fax 967 14 67 44

  NORMATIVA:
  • CONVOCATORIA 2009
D.O.C.M. Nº 263 DE 23/12/2008
 
Enlace:
http//www.sepecam.jccm.es


2.
AYUDA POR GASTOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS PARA LA ATENCION DE HIJOS/AS MENORES ACOGIDOS O TUTELADOS.

Subvenciona los gastos derivados de los servicios para la atención de hijos menores de 8 años acogidos o tutelados, que  convivan y estén a cargo de los siguientes beneficiarios: trabajadores/as en activo, agrupación de personas físicas de trabajadores y trabajadoras en activo unidas mediante matrimonio o pareja de hecho debidamente inscritas, mujeres víctimas de violencia de género o mujeres desempleadas inscritas como demandantes de empleo que participen en acciones de formación para el empleo o recualificación profesional.
 

TIPO DE AYUDA: Se abonará la mitad de los gastos producidos debidamente acreditados con un límite máximo de 1200 € por año, y un límite por la suma de subvenciones en varias anualidades de 3.600 €. Los gastos que cubre esta ayuda son:

  • Gastos de Centros de Atención a la infancia públicos o privados.
  • Gastos de comedor escolar.
  • Gastos de atención a menores por ampliación del horario escolar en centros educativos.
  • Gastos por contratación de empleados/as al servicio del hogar familiar.
  • Gastos por servicios domiciliarios prestados por autónomos o empresas.

Quedan excluidos los gastos por servicios sanitarios, deportivos, educativos, lúdicos u otros no directamente relacionados con la conciliación.

BENEFICIARIOS/AS:

a. Familias de trabajadores/as

b. Mujeres víctimas de violencia de género

c. Mujeres participantes en acciones de formación para el empleo

Todos ellos que tengan hijos/as menores acogidos o tutelados, con edad inferior a 8 años.
 

PLAZOS EN EL 2009:

  • Fecha límite 10 de septiembre de 2009, los gastos a presentar serán desde el 1 de agosto de 2008 hasta el 31 de julio de 2009.
DOCUMENTACIÓN: Es diferente según situación familiar del/la beneficiario/a de la ayuda, en cualquier caso es necesaria la presentacion de facturas, nóminas, documentos de cotización a la Seguridad Social u otros documentos de valor probatorio equivalentes.
 
DONDE DIRIGIRSE: Estas ayudas se solicitan y tramitan en el SEPECAM.
Podrá realizar la solictiud a través de la página https://e-sepecam.jccm.es/conciliacionnew/

SEPECAM

C/ Estación, 14. Villarrobledo
Telef. 967 14 11 12
Fax 967 14 67 44


NORMATIVA:
  • CONVOCATORIA 2009
D.O.C.M. Nº 263 DE 23/12/2008
 
Enlace:  http://.www.sepecam.jccm.es

TRABAJADORAS AUTÓNOMAS

CUANTIA Y TIPO DE AYUDAS

1. AYUDA PARA EL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD
mediante contratación de una persona desempleada que sustituya a la trabadora autónoma en periodo de descanso por maternidad o adopción.
Cuantía: 900€ /mes ó 225€/ semana.

2. AYUDA PARA LA REINCORPORACION A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL en el periodo comprendido entre las seis y las dieciséis semanas posteriores al nacimiento o adopción.
Cuantía: 900€ /mes ó 225€/ semana.
  • Si, además se contrata a a una persona desepleada al servicio del hogar familiar, podrá obtener hasta 1200 € para el pago del Régimen Especial de la Seguridad Social de Empleadas de Hogar.
  • Si accede a los servicios de un CAI, podrá obtener el 50% de los gastos debidamente justificados, hasta un máximo de 1200€.
3. AYUDAS PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DERIVADOS DE LA ATENCION DE SUS HIJOS/AS MENORES acogidos o tuteladas, que convivan con ella y tengan una edad inferior a 8 años.
  • Gastos de comedor escolar.
  • Gastos de ampliación del horario escolar.
  • Contratación de empleada de hogar.
  • Acceso a CAI y/o primer ciclo de educación infantil.
Cuantía: hasta un máximo de 1200€ debidamente justificados.

DOCUMENTACION: Solicitud acompañada de la documentación contemplada con caracter general el el artículo 6 del Decreto regulador de ayudas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: durante todo el ejercicio presupuestario.

LUGAR DE PRESENTACIÓN:
  • Consejería de Trabajo y Empleo o en cualquiera de sus Delegaciones Provinciales.
NORMATIVA
  • Decreto 344/2008, de 18-11-2008 por el que se regulan las subvenciones para el fomento y el desarrollo del trabajo autónomo en Castilla - La Mancha.
ENLACE : Diario Oficial de Castilla - La Mancha
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  • CENTRO DE LA MUJER  
C/ ALFONSO XIII, 31
 Tel. 967 14 50 79 / 14 24 43
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